El CELS pidió penas de prisión para Mathov, Santos, Andreozzi y Gaudiero por las muertes y los heridos de la represión de 2001

LA QUERELLA DEL CENTRO DE ESTUDIOS LEGALES Y SOCIALES (CELS) EN EL MARCO DEL JUICIO ORAL Y PÚBLICO POR LA REPRESIÓN DEL 20 DE DICIEMBRE DE 2001 SOLICITÓ HOY PENAS CINCO AÑOS DE PRISIÓN E INHABILITACIÓN POR DIEZ AÑOS PARA EL EX SECRETARIO DE SEGURIDAD ENRIQUE MATHOV Y PARA EL EX JEFE DE LA POLICÍA FEDERAL RUBÉN SANTOS.

La querella del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) solicitó penas de cinco años de prisión e inhabilitación por diez años para el ex secretario de Seguridad Enrique Mathov y para el ex jefe de la Policía Federal Rubén Santos, en el marco del juicio oral y público por la represión del 20 de diciembre del 2001.

En tanto, para el ex superintendente de Seguridad Metropolitana Raúl Andreozzi solicitó una pena de 4 años y seis meses de prisión e inhabilitación por 8 años y nueve meses; y para el ex director general de Operaciones de la Federal Norberto Gaudiero solicitó al Tribunal, 4 años y tres meses de prisión, e inhabilitación por 8 años y seis meses.

Así lo planteó el CELS al finalizar hoy su alegato, que se extendió durante tres jornadas, en el marco del proceso que lleva adelante el Tribunal Oral Federal número 6 en los Tribunales Federales de Comodoro Py.

A todos ellos, el CELS los consideró coautores de los delitos de homicidio y lesiones culposas con el agravante de tratarse de más de una víctima fatal, dado que en este caso fueron cinco los muertos en el marco de la represión ejercida contra las personas que protestaban contra el gobierno de Fernando de la Rúa en la ciudad de Buenos Aires.

También, los halló responsables de los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público y abuso de autoridad.
El alegato de esta querella, que estuvo a cargo del abogado Rodrigo Borda, apuntó contra los responsables operativo policial en el marco del cual se desplegó la represión que causó cinco muertos, y decenas de heridos de gravedad con balas de plomo y daños irreversibles.

“Luego de la jornada del 19, todo indicaba que el 20 de diciembre sería un día de protestas, un día difícil de transitar. Era la tormenta perfecta, y él era el encargado del timón”, postuló Borda al hacer referencia al rol que cumpliría en esa jornada Mathov, en ese entonces secretario de Seguridad.

En ese marco, subrayó, el funcionario, que era el responsable político de la Policía Federal, “tenía que garantizar la vida y la integridad de los manifestantes”.

En este sentido, sostuvo que Mathov intentó “desentenderse del cómo” se implementó el operativo de seguridad tendiente a que los manifestantes no llegaran a la Plaza de Mayo y de desalojar a quienes allí estuvieran para evitar una supuesta “toma” de la Casa de Gobierno.

Incluso, desestimó por “inverosímil” la versión de los hechos dada por Mathov en este juicio, quien dijo no haber estado al tanto de las muertes y los heridos en el transcurso de la jornada del 20 de diciembre.

En este punto, el abogado del CELS recordó, a modo de ejemplo, que consta en la causa el registro “de 48 conversaciones telefónicas entre Mathov y el jefe de la Policía, y de cuatro reuniones” entre ambos.

“Mathov tenía la responsabilidad de contener y conjurar los riesgos derivados del operativo de seguridad que había ordenado desplegar, dado que era el funcionario político a cargo de la seguridad”, postuló Borda.

En tanto, del ex jefe de la Policía Rubén Santos sostuvo que incurrió en “una violación del deber de cuidado en la conducción operativa como al deber de control”.

Además, afirmó que implementó “un operativo desproporcionado y con serias deficiencias, que incrementaron el riesgo” que conllevaba un despliegue de esas características de las fuerzas de seguridad.

“Santos también violó los deberes de cuidado al dictar órdenes contrarias a la ley cuando, a las 9:21 ordenó desalojar la Plaza de Mayo y detener a quienes se encontraban en ella. Claramente esa orden fue ilegítima”, aseveró la querella del CELS en su exposición.

Por otro lado, cargó contra “la inverosímil amenaza velada de la toma de la Casa de Gobierno” y apuntó que, “el único llamado que Santos recibió en ese contexto era de Mathov”.

También, hizo referencia a la orden impartida por Santos de detener a “50 personas” y sostuvo que se trató de una medida “groseramente ilegal” la de realizar “detenciones de personas en situación predelictual”.

Incluso, el abogado Rodrigo Borda remarcó que ése “fue el desencadenante de los hechos de violencia que finalizaron con cinco muertos y centenares de heridos”.

“Se privilegió la represión por sobre la protección de las personas”, insistió en señalar la querella del CELS en el marco del juicio oral y público en el que se encuentran imputados, además de Mathov, Santos, Andreozzi y Gaudiero, trece policías.
Justamente, sobre el ex superintendente de Seguridad Metropolitana y el ex titular de la Dirección General de Operaciones, el abogado del CELS consideró que “no cumplieron un rol pasivo” en el marco del operativo de seguridad desplegado el 20 de diciembre del 2001.

En este punto, sostuvo que “Gaudiero condujo la actividad de la Dirección General de Operaciones, mientras que Andreozzi dio órdenes directas de represión”.

“Nada fue producto de una acción individual”, postuló Borda, quien indicó que, cada uno de los cuatro imputados (por Mathov, Santos, Andreozzi y Gaudiero), “lejos de atemperar los riesgos para la vida y la integridad de los manifestantes, los magnificaron”.

“Al hacerlo, violaron sus deberes y, cada uno, ocupó una porción en esta actividad de coordinación”, postuló el abogado, con lo cual justificó la “coautoría” que les endilgó en la responsabilidad de las muertes ocurridas en el marco de la represión del 20 de diciembre.

Tras la finalización del alegato del CELS, la Fiscalía inició su alegato, que se extenderá durante cuatro jornadas que, de acuerdo con lo previsto por el Tribunal, finalizarán el jueves de la semana próxima.

http://www.telam.com.ar/notas/201512/128880-cels-represion-2001-prision-mathov-santos-adreozzi-daudiero.html

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