La Corte Suprema desestimó el recurso de la Municipalidad de Chascomús por la rifa del campo

Se confirmó en las últimas horas una noticia que había trascendido recientemente, respecto a que con fecha 29 de marzo del corriente año la Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió desestimar el recurso extraordinario interpuesto en el mes de noviembre del año 2014 por la Municipalidad de Chascomús en el caso de la rifa del campo.

En la tarde de la víspera, el letrado patrocinante de quines resultaron ganadores de la misma, Miguel Otegui lo confirmó en Dos por Más, el programa que conducen Alberto Morel y Martín Palmero en cuyo transcurso, por FM La Radio, señaló que había trabado embargos sobre diversos bienes del dominio municipal, mencionando entre ellos el predio conocido como Monte Corti y un  campo que fuera legado por la familia Morales para una Escuela Agraria.

Lo cierto es que con la firma de los jueces Ricardo Luis Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda se expidió la Corte en la fecha antes indicada, señalando que Vistos los autos: “Gallegos de Sandoni, Clorinda del Carmen c/ Provincia de Buenos Aires y Otros s/ cumplimiento de contrato” y considerando: Que el recurso extraordinario es inadmisible (artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). Por ello, se lo desestima. Con costas. Notifíquese y devuélvase.”

Recordamos que se trata de un juicio iniciado en 1995 por la escrituración de un campo que las vecinas de Lezama, señoras Sonia Dellavedova de Godoy y Clorinda Sandoni (actualmente fallecida) ganaron en una rifa, y que pudieron usufructuar tan solo dos años, habida cuenta que el inmueble fue subastado judicialmente atento la demanda que inició el acreedor hipotecario. El premio de la rifa consistía en una fracción de campo ubicada en el actual Partido de Lezama, paraje Barrancas, con una superficie mayor a las 300 hectáreas.

Las señoras Dellavedova y Gallegos adquirieron el número 2300 que resultó favorecido en la Lotería Nacional de Fin de Año de 1995, y el premio se hallaba gravado con hipoteca en primer grado imposibilitando su escrituración. A los dos años aproximadamente y al no cancelarse el crédito hipotecario, el acreedor demandó su cobro por vía judicial sin resultado positivo por lo cual indefectiblemente el campo en cuestión fue subastado en la suma de U$S 326.000.

Algunas fuentes hicieron saber que el monto indemnizatorio rondaría los $ 100.000.000 confirmando el Máximo Tribunal de la Nación los Fallos de Primera y Segunda Instancia y de la Corte de la provincia de Buenos Aires.

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