El Juzgado Federal de Dolores archivó causa por el domicilio de Boudou en un “médano”

La resolución fue dictada en agosto del año pasado pero recién trascendió ayer. El Juez Federal Ramos Padilla lo hizo ante el pedido de desistimiento formulado por el entonces Fiscal Federal subrogante y su argumentación.

Tomo estado público ayer una resolución dictada por del Juzgado Federal de Dolores disponiendo el archivo de una causa que involucraba al ex Vicepresidente de la Nación, Amado Boudou, iniciada por una denuncia que indicaba que el domicilio que aparecía en su DNI correspondía a una dirección sobre una playa de San Bernardo.

Es de recordar que en septiembre de 2014, el concejal del Partido de la Costa Marcos García (Frente Renovador), denunciaba ante la Justicia provincial que el entonces Vicepresidente Amado Boudou cuando había sido Secretario de Hacienda en ese Distrito, había hecho figurar en su Documento Nacional de Identidad una dirección inexistente en San Bernardo, donde nunca habían existido edificaciones habitables.

Esa dirección según constaba en una “copia” exhibida del citado documento, estaba ubicada en Avenida Costanera 3365 de San Bernardo, y según el denunciante dicha avenida sólo tenía mano par, la impar era directamente la playa.

La Fiscalía de Mar del Tuyú pidió por entonces al Juzgado de Garantías de la Costa declinar la competencia, dado que lo denunciado se trataba de un delito que correspondía a la Justicia Federal su investigación, quedando en consecuencia la causa radicada en el Juzgado Federal de Dolores.

Si bien trascendió recién ayer el archivo de esas actuaciones, se pudo conocer que el Juez Federal Dr. Alejo Ramos Padilla lo había resuelto en el mes de agosto del año pasado en base a lo dictaminado por el entonces Fiscal Federal subrogante Dr. Orlando César Giménez, a quien el Magistrado había delegado la investigación.

El Fiscal Giménez había pedido al Juez desestimar la investigación ante la ausencia de ratificación por parte del denunciante, porque según la información conocida al Concejal García lo buscaron pero no lo hallaron, indicándose que incluso se lo habría hecho a través de la Prefectura Naval de General Lavalle pero sin resultado. Además argumentó el Fiscal, que el DNI está destinado a acreditar la identidad de las personas, no el domicilio, y que la documentación aportada por el denunciante no era un documento público “ideológicamente falso”, sino que se trataba de una fotocopia impresa de una página web.

Finalmente el Juez Federal Dr. Ramos Padilla, al no tener la causa impulso fiscal resolvió archivarla.

Fuente: Compromiso

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